El Director de Asuntos Jurídicos de Hidrocarburos sostuvo que el Tribunal de Cuentas excedió su competencia (audio
), porque el único autorizado para determinar la falsedad de un instrumento público es un juez.
El abogado Omar Espósito señaló que la secretaría no fue allanada, porque el expediente (contrato con los chinos) fue entregado en una dependencia policial. Criticó a la prensa por la práctica “perversa” de tramitar las causas públicamente, y explicó las razones por las cuales aparecieron más fojas en las actuaciones archivadas.
El doctor Omar Espósito, director de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Hidrocarburos, dijo en FM Radio Fundación Austral, que el allanamiento dispuesto por la justicia provincial no se llevó a cabo porque la documentación fue entregada en una dependencia policial. Además, cuestionó la medida, por ser improcedente, y criticó al Tribunal de Cuentas por haber excedido. Dijo que solamente un juez (penal o civil) es el único funcionario con competencia para decidir si un instrumento público, aun fotocopiado, es falso.
“No se materializó allanamiento. No hemos visto los instrumentos respectivos. Se supone que la señora jueza ordenó el allanamiento, pero tan pronto esto tomó estado público en los medios, la Secretaría dispuso entregar el expediente, porque, ante la orden de un juez lo primero que se hace es cumplir y después uno se puede presentar y decir si está de acuerdo o no. Tan pronto se supo que venían a buscar el expediente, se los rescató porque se lo había mandado a la delegación del Gobierno en Río Grande, en una caja, para que fuera a Ushuaia por bolsín, porque tenía que ir a la secretaría Legal y Técnica a los efectos del registro”; explicó el abogado.
El asesor dijo que se alcanzó a rescatar el expediente antes que saliera y se puso a disposición de la jueza, entregándose en la policía judicial de Belgrano al 700, donde se confeccionó un acta para recibir la documentación.
“Esto no quiere decir que la secretaría esté de acuerdo con la medida ni que la medida sea procedente, porque eso es otra historia”, sostuvo, agregando que el expediente nunca se mandó en original (al Tribunal de Cuentas) porque no correspondía hacerlo.
“Resulta que, con motivo de los ya conocidos dictámenes de los organismos de control, la Secretaría pidió a la Dirección de Asuntos Jurídicos que hiciera un dictamen explicando si las observaciones o recomendaciones que se habían efectuado se ajustaban a derecho o no, por lo que la Asesoría hizo tal dictamen demostrando –tal como se había hecho en la legislatura- que no había observaciones de fondo, que ninguna de las observaciones de fondo eran procedentes y las que sí lo eran, se corrigieron”.
Detalló que “cuando todo eso quedó resuelto, se terminó el objetivo del expediente, que se había abierto a los efectos de este contrato, y, en consecuencia, el secretario decretó su archivo. Sólo por deferencia a los organismos de control y a la Legislatura, se pidieron tres copias del expediente para enviarlos a la Fiscalía de Estado, al Tribunal de Cuentas y a la Legislatura”.
Sostuvo que el Poder Legislativo recibió una de estas copias “sin ningún problema”, en tanto que al Fiscal de Estado “no le había gustado la forma que se le había dado a la certificación y devolvió las actuaciones”, que luego fueron nuevamente remitidas con las correcciones hechas por la fiscalía.
Recordó que en oportunidad de haberse celebrado el plenario de legisladores, el Tribunal de Cuentas había manifestado que las fotocopias que se habían mandado eran ilegibles, por lo que pidió los originales; “como el original no tiene por qué salir del Poder Ejecutivo si ya se ha decretado el archivo, se ofreció que nos señalaran cuáles de estas fotocopias eran ilegibles a los efectos de sacar nuevas copias”.
El doctor Espósito dijo que pudo haber sucedido que alguna de estas fotocopias saliera mal, ya que el día en que se llevó a cabo el plenario la Secretaría debió sacar 1.800 copias en una hora.
“Después aparece esta medida que no tiene mucho que ver por lo menos con lo que mi dirección sabe de derecho”, remarcó.
Las fojas que generan tanta preocupación y sospechas
Según le comentaron (porque en esa ocasión estuvo en Buenos Aires), la presentación del expediente en la policía judicial fue una diligencia absolutamente prolija, donde se levantó un acta de la que nadie se llevó copia, y quedó el expediente en la misma caja en que había sido presentado.
No obstante, dijo que hubo trascendidos en los medios, que no sabe de dónde salieron y que es una práctica “muy perversa” que las causas se tramiten en la prensa.
“Alguien dejó trascender de que habría más fojas y que esto sería una gran irregularidad; y no es más que el trámite habitual, normal y corriente de cualquier expediente”.
Indicó que cualquier decreto del Poder Ejecutivo establece que, una vez concluidos, los expedientes deben ser registrados, darse a conocer a través del Boletín Oficial para luego ser archivados. “Es decir, que antes del archivo hay pasos que cumplir; “entonces, quien dejó trascender sobre esta fojas nuevas debió haber dejado trascender también que la resolución del secretario decía que ‘habiéndose cumplido el objeto de este expediente, archívese, previo registro de los documentos que le dieron motivo’, es decir, la oferta y la fe de erratas”.
Este procedimiento lo hace la secretaría Legal y Técnica, sacando los documentos del expediente y dejando en su reemplazo fotocopias, por lo que la secretaría de Hidrocarburos sacó fotocopias para ahorrarle trabajo a Legal y Técnica y envió el expediente para su registro. “Esas son las fojas demás que generan tanta preocupación y tantas sospechas”.
Con este procedimiento, explicó, es posible que al expediente se le haya agregado treinta o cuarentas fojas.
Sólo la justicia puede analizar si un instrumento es falso
El abogado también explicó por qué no procede el allanamiento y secuestro del expediente. En tal sentido, dijo que el artículo 979, inciso 2 del Código Civil dice que las actuaciones de los funcionarios públicos son instrumentos públicos. El primero de estos incisos, que también es aplicable al caso, establece que las copias también son instrumentos públicos. De modo tal que una copia emanada de un funcionario público, que la certifica, es un instrumento público, y nadie puede poner en duda la autenticidad de estos. Para poner en duda, dice el artículo 993 que deberá ser argüido de falsedad en juicio civil o penal, es decir, que si alguien pretende decir que esas copias que se emitieron fueron falsas, debió haber hecho una denuncia penal para que el juez investigue. Obviamente, ello lleva implícito que si la denuncia es falsa, el que denuncia va preso.
Insistió que el juez penal, y no el Tribunal de Cuentas, es el único funcionario competente para analizar un instrumento y determinar si se corresponde su original con su copia.
Dijo que excede la competencia del Tribunal de Cuentas la solicitud de un expediente para ver si las copias se corresponden con los originales, por lo que la medida no es procedente, “y por eso no está bien que se haya ordenado el secuestro del expediente”.
El contrato está en plena vigencia
El director de Asuntos Jurídicos de Hidrocarburos aseguró que este trámite judicial no demora el comienzo de la obra, porque el contrato se encuentra en plena vigencia, y porque la empresa ya ha pagado el lote y ahora están haciendo trámites ante la Superintendencia de Fronteras para hacer la escritura, por haber sido un extranjero el que adquirió las tierras.
Asimismo, reiteró que, tal como lo había anunciado la sociedad, pasado el invierno comenzarán a realizar los primeros trabajos de análisis y movimientos de suelo.
Insistió que el contrato está en plena vigencia, en marcha y que no hay ningún tipo de problemas.
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